jueves, 3 de marzo de 2016

Subvención para rehabilitación de edificios y viviendas en el ámbito del área de rehabilitación integral de los Caminos de Santiago

Con fecha del 22 de diciembre de 2015 se aprobó la Orden de 22 de diciembre de 2015 por la que se abre el plazo para solicitar la participación para actuaciones de rehabilitación de edificios y viviendas en el ámbito del área de rehabilitación integral de los Caminos de Santiago, en el marco del programa de regeneración y renovación urbanas del Plan estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016, y se establecen las bases reguladoras de las subvenciones de este programa.

Aquí tenéis el pdf de la Orden.

Algunas notas:
Ámbito de las actuaciones:
Las actuaciones de rehabilitación deberán realizarse en edificios y viviendas que estén situados en el ámbito de la ARI de los Caminos de Santiago, de acuerdo con la relación que figura en el anexo I, y que comprende el trazado de las siete rutas del Camino en Galicia (Francés, de la Plata I y de la Plata II, Inglés, Primitivo, Norte, Fisterra-Muxía y Portugués).
En parroquias de municipios rurales, las actuaciones podrán ser en el ámbito de la parroquia.
En conexiones con las ciudades y pueblos importantes, se limitarán al trazado del camino. 

Actuaciones protegibles:
Se considerarán actuaciones protegibles la ejecución de obras o trabajos de mantenimiento e intervención en edificios y viviendas, instalaciones fijas, equipación propia y elementos comunes, el fin de adecuarlos a la siguiente normativa:
 • Normativa sobre el Código técnico de la edificación.
 • Normativa técnica sobre instalaciones.
 • Normativa sobre accesibilidad.
 • Normativa relativa a la protección del patrimonio cultural.
 • Normativa urbanística.

Solicitantes:
Las comunidades de propietarios/as, las agrupaciones de comunidades de propietarios/as y las personas físicas propietarias únicas de edificios o de viviendas.

Cuantía:
Hasta el 35% del coste subvencionable, con un límite de 11.000 euros.

Plazo:
Desde el 29 de diciembre de 2015. El cierre del plazo se publicará en el DOGA.

2 comentarios:

  1. Ya conocen la subvencion para la digitalización de los autonomos y pymes de la Junta de Andalucia?

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    1. Buenos días
      Gracias por vuestro comentario. Pero en nuestro caso, no trabajamos/vivimos en Andalucía, por lo tanto, no entraríamos en ella. Un saludo, Macarena

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