El pasado viernes 13 de marzo de 2015 también se publicó en el DOGA la "Orden de 6 de marzo de 2015 por la que se establecen las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva,
para la rehabilitación con granito de las fachadas de edificaciones de vivienda
existentes y se procede a su convocatoria para el año 2015 (código de
procedimiento IN316A)"
Aquí teneis el pdf de la Orden.
Algunas notas:
En este caso también se trata de concurrencia competitiva, destinada a la rehabilitación con granito de la envolvente de las fachadas existentes de viviendas o edificios de vivienda colectiva.
Tipos:
- Fachadas pegadas de granito: compuesta de placas de granito pegadas con morteros o adhesivos a la estructura soporte, y sujetas con anclajes de varilla como elemento de seguridad.
- Fachadas trasventiladas de granito: compuesta de placas de granito fijadas a la estructura soporte mediante un sistema de anclaje, existiendo entre ellas una cámara de aire y un material aislante.
- Fachadas de perpiaño: compuesta de perpiaño de granito de espesor aproximado entre 6 y 12 cm, una cámara de aire, un aislamiento y una estructura interior. Las piezas de granito estarán unidas a la estructura interior mediante anclajes puntuales de seguridad
La rehabilitación de la fachada tiene que cumplir o mejorar las exigencias mínimas
que fija el Código técnico de la edificación en el documento «DB HE-1 Limitación de la
demanda energética».
Gastos subvencionables:
- Costes de memorias básicas, informes técnicos y certificados necesarios, o proyectos de arquitectura o ingeniería en la parte correspondiente a las actuaciones a subvencionar.
- Costes de licencias.
- Costes de desmontaje del material de fachada o envolvente existente.
- Costes de los materiales: granito, morteros y adhesivos, anclajes y sistemas de anclaje y el material aislante.
- Costes de mano de obra civil e instalaciones auxiliares necesarias para el montaje de la nueva envolvente de granito.
Costes no subvencionables:
- Los costes de los materiales de la estructura soporte de la fachada.
- La sustitución o instalación de las carpinterías exteriores (puertas y ventanas) y vidrios.
- Los gastos y costes financieros, como consecuencia de la inversión.
- Los gastos realizados en bienes usados.
El impuesto sobre el valor añadido (IVA) se subvencionará cuando no sea susceptible
de recuperación o compensación.
Para las actuaciones incluidas en esta convocatoria, el coste subvencionable máximo
será de:
- 110 € por m2 en el caso de fachadas pegadas de granito.
- 140 € por m2 en el caso de fachadas trasventiladas de granito.
- 130 € por m2 en el caso de fachadas de perpiaño de granito.
Con carácter general, la cuantía de la subvención será del 30 % de los costes totales
subvencionables (IVA incluido, cuando tal impuesto sea subvencionable) con un máximo
de:
- 12.000 € por vivienda unifamiliar aislada.
- 40.000 € por edificio de viviendas en bloque.